60ª Legislatura (1 de septiembre de 2006 - 31 de agosto de 2009) | |||
| PARTIDO | |||
|---|---|---|---|
| NUMERO DE ESCAÑOS | |||
| Mayoría Relativa | Representación Proporcional | TOTAL | |
| Partido Acción Nacional | 137 | 69 | 206 |
| Partido Revolucionario Institucional | 65 | 41 | 106 |
| Partido de la Revolución Democrática | 91 | 36 | 127 |
| Partido del Trabajo | 2 | 9 | 11 |
| Partido Verde Ecologista Mexicano | 0 | 17 | 17 |
| Convergencia | 5 | 12 | 17 |
| Nueva Alianza | 0 | 9 | 9 |
| Alternativa | 0 | 5 | 5 |
| Sin Partido | 0 | 2 | 2 |
jueves, 12 de noviembre de 2009
camaRa de sanadoRes
| PARTIDO | NUMERO DE ESCAÑOS | |||
|---|---|---|---|---|
| Mayoría Relativa | Representación Proporcional | Primera Mayoría | TOTAL | |
| Partido Acción Nacional | 27 | 9 | 9 | 45 |
| Partido Revolucionario Institucional | 32 | 13 | 14 | 59 |
| Partido de la Revolución Democrática | 4 | 4 | 9 | 17 |
| Partido del Trabajo | 0 | 1 | 0 | 1 |
| Partido Verde Ecologista Mexicano | 1 | 4 | 0 | 5 |
| Convergencia por la Democracia | 0 | 1 | 0 | 1 |
miércoles, 11 de noviembre de 2009
Sistema Bicamaral. *
La bicameralidad es la práctica de tener dos cámaras legislativas. En ese sentido, un parlamento bicameral es un parlamento o congreso que posee dos cámaras: una Cámara baja, generalmente denominada Cámara de Diputados, y una Cámara alta, habitualmente llamada Senado.
domingo, 11 de octubre de 2009
DoOble NaciioOnaliidad*
La doble nacionalidad implica la incidencia en un solo individuo de dos vínculos jurídicos de nacionalidad con dos Estados distintos. Las causas de adquisición de la doble nacionalidad son principalmente las siguientes:
Adquisición originaria; este es el caso de cuando una persona nace en el territorio de un Estado que se rija por el ius soli y uno o ambos padres son nacionales de un Estado distinto que se rija por el ius sanguinis. En este caso la doble nacionalidad depende de un hecho fortuito de haber nacido en un territorio determinado donde rige el Ius soli y de nacer de progenitores de nacionalidades que se rigen por el ius sanguinis.
*La camara de senadores de los Estados Unidos Mexicanos aprobo por consenso el 5 de diciembre de 1996 el decreto de reformas a los art. 30 32 37 de nuestra constitucion politica con objeto de plasmar a nivel constitucional el reconocimiento de la doble nacionalidad
*.Por convenio, otra forma de adquirir la doble nacionalidad es por motivo de un convenio entre dos o más Estados; este puede ser del tipo general como los convenios de Doble nacionalidad que tiene España con Chile, Perú, Paraguay, Guatemala, Bolivia, Nicaragua, Ecuador, Costa Rica, Honduras, Argentina y Colombia o del tipo fronterizo como lo permite la Constitución Política Colombiana para los indígenas de territorio fronterizo.
Adquisición originaria; este es el caso de cuando una persona nace en el territorio de un Estado que se rija por el ius soli y uno o ambos padres son nacionales de un Estado distinto que se rija por el ius sanguinis. En este caso la doble nacionalidad depende de un hecho fortuito de haber nacido en un territorio determinado donde rige el Ius soli y de nacer de progenitores de nacionalidades que se rigen por el ius sanguinis.
*La camara de senadores de los Estados Unidos Mexicanos aprobo por consenso el 5 de diciembre de 1996 el decreto de reformas a los art. 30 32 37 de nuestra constitucion politica con objeto de plasmar a nivel constitucional el reconocimiento de la doble nacionalidad
*.Por convenio, otra forma de adquirir la doble nacionalidad es por motivo de un convenio entre dos o más Estados; este puede ser del tipo general como los convenios de Doble nacionalidad que tiene España con Chile, Perú, Paraguay, Guatemala, Bolivia, Nicaragua, Ecuador, Costa Rica, Honduras, Argentina y Colombia o del tipo fronterizo como lo permite la Constitución Política Colombiana para los indígenas de territorio fronterizo.
martes, 6 de octubre de 2009
aRt 27*
La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares constituyendo la propiedad privada
osea que las propiedades que esten dentro del territorio mexicano corresponde alos mexicanos osea que nadie extranjero puede llegar i apoderarse de ella y por eso se le denomina la propiedad privada osea se puede pasar aotras personas pero seguira siendo territorio mexicano.
osea que las propiedades que esten dentro del territorio mexicano corresponde alos mexicanos osea que nadie extranjero puede llegar i apoderarse de ella y por eso se le denomina la propiedad privada osea se puede pasar aotras personas pero seguira siendo territorio mexicano.
miércoles, 30 de septiembre de 2009
para mi por que existe el estado??*
el estado es la forma de organizaciOn social
osea el conjunto de individuos que rigen en la sociedad
osea el estado somos todos
y debe de existir porque el hombre, al vivir en sociedad, requiere de la satisfacción de determinadas necesidades.
Cada persona necesita del respeto a sus derechos individuales por parte de los demás miembros de la comunidad. Para que sus derechos sean respetados debe existir la justicia. y si no huibierna esos derechos y asi todos hariamos lo que quisieramo entonces gracias a le tenemos privilegios y pues derechos y una forma de comportamiento en la sociedad
el estado es la forma de organizaciOn social
osea el conjunto de individuos que rigen en la sociedad
osea el estado somos todos
y debe de existir porque el hombre, al vivir en sociedad, requiere de la satisfacción de determinadas necesidades.
Cada persona necesita del respeto a sus derechos individuales por parte de los demás miembros de la comunidad. Para que sus derechos sean respetados debe existir la justicia. y si no huibierna esos derechos y asi todos hariamos lo que quisieramo entonces gracias a le tenemos privilegios y pues derechos y una forma de comportamiento en la sociedad
jueves, 24 de septiembre de 2009
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